Servicios · Accidentes de tránsito

Abogado de accidentes de tránsito en Lomas de Zamora

Los accidentes de tránsito generan gastos médicos, daños materiales, pérdida de ingresos y angustia. Si tuviste un choque y la aseguradora no te paga lo que corresponde, te ofrece un monto bajo o directamente rechaza el siniestro, tenés derecho a reclamar. En Mazzuca & Asoc. llevamos más de diez años representando a víctimas de accidentes de tránsito en Lomas de Zamora y toda la Zona Sur del GBA.

Qué hacer inmediatamente después de un accidente de tránsito

Los primeros minutos después del accidente son determinantes para un reclamo posterior. El orden de prioridades:

1. Tu seguridad y la de los demás. Si hay heridos, llamá al 107 (SAME) o al 911. No muevas a las personas lesionadas a menos que haya un riesgo inmediato (fuego, humo).

2. Llamá al 911 aunque el choque sea leve. La presencia policial y el acta labrada son prueba clave para cualquier reclamo. Si no vino la policía, registrá vos mismo todos los datos posibles.

3. Anotá los datos del otro conductor: nombre y DNI, domicilio, teléfono, número de licencia, datos del vehículo (marca, modelo, patente), aseguradora y número de póliza.

4. Testigos. Si hay testigos presenciales, pediles nombre, DNI y teléfono. El testimonio de terceros es muy fuerte en juicio.

5. Fotografías. Sacá fotos de todo: los vehículos, el lugar, las marcas de frenada, la señalización, los daños, las lesiones visibles.

6. Atención médica. Aunque te sientas bien, consultá en una guardia. Muchas lesiones (traumatismos cervicales, contusiones internas) se manifiestan horas o días después. El parte médico temprano es prueba esencial.

7. No firmes nada en el lugar. No aceptes propuestas rápidas ni firmes acuerdos sin asesoramiento. Una vez firmado el acuerdo, perdés el derecho a reclamar.

8. Denuncia ante tu aseguradora dentro de las 72 horas (obligación legal).

¿Qué podés reclamar por un accidente de tránsito?

Una indemnización por accidente de tránsito puede incluir múltiples rubros, según las circunstancias del hecho:

Daños materiales: reparación o reemplazo del vehículo, valor de objetos dañados (casco, celular, notebook), gastos de traslado y depósito del rodado.

Gastos médicos: consultas, estudios, tratamientos, internación, medicamentos, prótesis, rehabilitación, terapias, sesiones de psicología.

Lucro cesante: ingresos que dejaste de percibir durante la recuperación, acreditados con recibos de sueldo, facturación o constancias de la empleador.

Daño moral: el sufrimiento, la angustia y la afectación emocional derivados del accidente y de sus consecuencias.

Incapacidad sobreviniente: si quedaste con una secuela permanente, la indemnización se calcula con fórmulas actuariales reconocidas por la jurisprudencia (Méndez-Vuotto) en función del porcentaje de incapacidad, la edad y los ingresos.

Daño psicológico: las consecuencias psíquicas acreditadas con pericia son un rubro independiente del daño moral.

¿Cuánto paga el seguro?

El seguro automotor obligatorio de responsabilidad civil está regulado por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Los topes de cobertura se actualizan periódicamente. Además del seguro obligatorio, muchos asegurados cuentan con coberturas voluntarias (todo riesgo, terceros completo) con montos sensiblemente mayores.

En la práctica, la aseguradora del responsable suele ofrecer montos por debajo de lo que corresponde según las lesiones, la incapacidad y los rubros indemnizables. Las ofertas iniciales son casi siempre la mitad o un tercio de lo que se puede obtener con un reclamo bien fundado — por eso es crítico no firmar antes de asesorarse.

Si la aseguradora no paga o te ofrece un monto bajo

Si la aseguradora rechaza el siniestro, demora la liquidación o te ofrece un monto insuficiente, hay tres caminos:

Denuncia ante la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN): es gratuita y puede presionar a la aseguradora. Funciona bien en casos de demora o rechazo infundado.

Mediación previa obligatoria: en la Provincia de Buenos Aires es paso previo a la demanda en la mayoría de los casos. Permite intentar un acuerdo con descuento de costos.

Demanda judicial por daños y perjuicios: si los caminos anteriores no dan resultado, se demanda contra el responsable civil y su aseguradora ante los tribunales del Departamento Judicial de Lomas de Zamora. La sentencia establece la indemnización y puede incluir intereses desde la fecha del hecho.

Plazo para reclamar y casos especiales

El plazo de prescripción para reclamar daños y perjuicios por accidente de tránsito es de tres años desde el hecho (art. 2561 del Código Civil y Comercial). Pasado ese plazo, el derecho prescribe y ya no se puede reclamar.

Accidentes de moto: los motociclistas son los más vulnerables en la vía pública y las lesiones suelen ser más graves. La indemnización tiende a ser mayor por el grado de incapacidad, pero las aseguradoras suelen ser más duras en la liquidación. Representamos a motociclistas accidentados con enfoque específico.

Accidente in itinere (camino al trabajo): tenés doble vía de reclamo — ante la ART por la Ley 24.557 y contra el responsable civil y su aseguradora. Ver detalle en la página específica.

Peatones atropellados y pasajeros lesionados: tienen derecho a reclamar aun sin haber estado conduciendo. La responsabilidad del conductor y del titular registral es objetiva.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre accidentes de tránsito

Las consultas más frecuentes después de un choque. Si tu caso tiene particularidades, escribinos y lo vemos.

Hacé tu pregunta
¿Tengo que hacer denuncia policial después del accidente?

No es obligatoria en todos los casos, pero es muy recomendable. La denuncia policial o el acta de constatación labrada en el lugar son prueba central en cualquier reclamo posterior. Si no hubo intervención policial, conviene ir a la comisaría lo antes posible a dejar la denuncia formal con la descripción del hecho.

¿Cuánto tarda un reclamo por accidente de tránsito?

Los casos que se resuelven por acuerdo extrajudicial con la aseguradora suelen cerrarse en 6 a 12 meses. Los que pasan a mediación y luego a juicio pueden demorar entre 2 y 4 años en primera instancia en el Departamento Judicial de Lomas de Zamora, con posibilidad de apelación. La estrategia adecuada depende de la solidez del caso y del monto en juego.

¿Qué documentación necesito para iniciar el reclamo?

Básicamente: denuncia policial o acta de constatación si la hay, parte médico con atención inicial y tratamientos posteriores, fotografías del accidente y de los daños, datos del otro conductor y su aseguradora, recibos de gastos (médicos, reparación), recibos de sueldo o constancias de ingresos si hubo lucro cesante, y cualquier intercambio con la aseguradora. En la evaluación inicial te indicamos exactamente qué falta.

¿Cómo se calcula la indemnización por lesiones?

Cada rubro se calcula por separado. Los daños materiales se acreditan con facturas o presupuestos. Los gastos médicos con comprobantes. El lucro cesante con recibos de ingresos. El daño moral lo determina el juez según las circunstancias del caso y antecedentes jurisprudenciales. La incapacidad permanente se calcula con fórmulas actuariales (Méndez-Vuotto) considerando el porcentaje de incapacidad, la edad y los ingresos. El total puede variar enormemente — un caso con lesiones leves y sin secuela puede cerrarse por montos bajos; uno con incapacidad permanente significativa puede implicar indemnizaciones muy superiores.

¿Qué pasa si la aseguradora me ofrece un pago rápido antes de iniciar reclamo?

Las ofertas iniciales tempranas casi siempre son bajas porque la aseguradora busca cerrar el caso antes de que se establezca el alcance real de las lesiones o los daños. No firmes nada sin consultarlo antes con un abogado: una vez firmado el acuerdo de transacción y recibido el pago, perdés el derecho a reclamar diferencias posteriores, incluso si después aparecen complicaciones médicas o se descubren daños no previstos.

Si yo también tuve algo de culpa, ¿igual puedo reclamar?

Sí. La responsabilidad compartida es frecuente en accidentes de tránsito. Los jueces establecen porcentajes de culpa (por ejemplo, 70% el otro conductor, 30% vos) y la indemnización se reduce proporcionalmente. Tener parte de responsabilidad no anula el derecho a reclamar por lo que legítimamente te corresponde.

Contacto

¿Tuviste un accidente de tránsito?

Contanos cómo fue el hecho, el estado actual del reclamo y si ya recibiste alguna oferta de la aseguradora. Evaluamos tu caso en el día.

Escribinos desde la web
WhatsApp