Abogado de accidente de trabajo y ART en Lomas de Zamora
Si tuviste un accidente en el trabajo, una enfermedad profesional, la ART te rechazó la denuncia o te otorgó un porcentaje de incapacidad menor al que te corresponde, tenés derecho a reclamar. Representamos a trabajadores ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, la Comisión Médica y la Justicia Laboral, con experiencia en el Departamento Judicial de Lomas de Zamora.
¿Qué es un accidente de trabajo según la ley argentina?
La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo define al accidente de trabajo como todo acontecimiento súbito y violento ocurrido en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma, o en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo y viceversa (accidente in itinere), siempre que el trabajador no haya alterado el trayecto por causas ajenas al trabajo.
La ley también cubre las enfermedades profesionales incluidas en el Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por el Poder Ejecutivo — patologías causadas por la exposición a agentes de riesgo presentes en el ámbito laboral.
Obligaciones de la ART después de un accidente
Denunciado el siniestro, la ART debe otorgar dos tipos de prestaciones:
Prestaciones en especie (médicas): asistencia médica y farmacéutica, prótesis, rehabilitación, recalificación profesional, traslados. Son gratuitas para el trabajador.
Prestaciones dinerarias: incluyen Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) — pago mensual mientras dura la incapacidad, hasta el alta o hasta los dos años del accidente; Incapacidad Laboral Permanente Parcial (IPP) — indemnización según el porcentaje de incapacidad; Incapacidad Laboral Permanente Total (IPT); prestaciones por muerte para los derechohabientes.
La Ley 26.773 incorporó una indemnización adicional del 20% en los casos en que el daño se haya producido en el lugar de trabajo o el trabajador estuviera a disposición del empleador, con montos mínimos establecidos por decreto y actualizados periódicamente por el índice RIPTE.
Qué hacer si la ART rechaza el accidente
La ART tiene 10 días hábiles desde la denuncia para aceptar o rechazar el siniestro, plazo que puede extender por otros 10 días con notificación al trabajador. El rechazo puede ser por considerar que no hubo accidente, por sostener que la patología es preexistente o ajena al trabajo, o por cuestiones formales.
Si la ART rechaza el accidente o si dentro del trámite no hay acuerdo sobre el alcance de las prestaciones o el porcentaje de incapacidad, se inicia el trámite de Divergencia en la Comisión Médica correspondiente al domicilio del trabajador. La Comisión Médica evalúa el caso y dictamina.
Si el dictamen de la Comisión Médica también es desfavorable o insuficiente, queda la vía de la Justicia Laboral. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) supervisa el sistema.
Si no estás de acuerdo con el porcentaje de incapacidad
Uno de los puntos más conflictivos del sistema es la determinación del porcentaje de incapacidad. Los médicos de la ART tienden a informar porcentajes bajos porque esos valores determinan la indemnización que la aseguradora paga.
Si el porcentaje asignado no refleja la realidad de tu secuela, se puede impugnar en la Comisión Médica y, si el dictamen no mejora la situación, judicializar el caso. Un abogado especialista evalúa la historia clínica, las pericias y la jurisprudencia aplicable para determinar si conviene impugnar.
Enfermedades profesionales
Las enfermedades producidas por la actividad laboral están cubiertas por la Ley 24.557 cuando figuran en el Listado de Enfermedades Profesionales. Las más frecuentes en reclamos: hipoacusia laboral (pérdida auditiva por ruido), patologías de columna por esfuerzo o posturas, lesiones osteomusculares repetitivas, enfermedades respiratorias por exposición a polvos o agentes químicos, estrés post-traumático en determinadas actividades.
Las enfermedades no listadas pueden reclamarse por vía civil contra el empleador si se prueba la relación causal con el trabajo y la responsabilidad de la empresa (arts. 1716 y siguientes del Código Civil y Comercial).
Derecho laboral y despidos
El estudio también interviene en los reclamos laborales generales de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744:
Despido sin causa: el trabajador tiene derecho a la indemnización por antigüedad (art. 245 LCT), preaviso, integración del mes de despido, vacaciones proporcionales, SAC proporcional.
Despido encubierto o con causa falsa: si el empleador invoca una causa inexistente o insuficiente para evitar pagar las indemnizaciones, se puede reclamar la reparación plena por despido injustificado.
Trabajo en negro o mal registrado: la Ley 24.013 prevé multas agravantes si el empleador no registró la relación laboral, o la registró por menos antigüedad o menor remuneración.
Despido discriminatorio: por embarazo, enfermedad, afiliación sindical, género, orientación sexual. La jurisprudencia reconoce indemnizaciones agravadas y, en casos, reinstalación en el puesto.
Plazos de denuncia y prescripción
El accidente de trabajo debe denunciarse a la ART inmediatamente. Si el empleador no realiza la denuncia, el propio trabajador puede hacerla directamente ante la ART o por telegrama laboral (gratuito en el Correo Argentino).
El plazo de prescripción para reclamar contra la ART es de dos años desde el hecho o desde el alta médica, según corresponda. Para reclamos por vía civil contra el empleador rige el plazo de tres años del Código Civil y Comercial. En despidos, el plazo es de dos años desde la extinción del contrato.
Preguntas sobre accidente de trabajo y ART
Las consultas más frecuentes de trabajadores accidentados o con rechazo de la ART. Si tu caso tiene particularidades, escribinos.
Hacé tu pregunta¿La ART me rechazó el accidente, qué hago?
Ante un rechazo de la ART se inicia el trámite de Divergencia en la Comisión Médica correspondiente a tu domicilio. Ahí se evalúa con pericia médica si el hecho constituye accidente de trabajo o enfermedad profesional. Si el dictamen es desfavorable o insuficiente, la instancia siguiente es la Justicia Laboral. Un abogado especialista evalúa la prueba, la historia clínica y la estrategia del reclamo.
La ART me dio el alta pero sigo con dolores, ¿qué puedo hacer?
Si el alta médica es anticipada o no refleja tu real estado de recuperación, se puede impugnar. En ese caso se solicita la reapertura del tratamiento o se inicia el trámite en la Comisión Médica para que se revise la determinación de alta. En paralelo, si hay secuelas permanentes no reconocidas, se reclama la correspondiente indemnización por incapacidad permanente.
¿Cuánto tarda un reclamo ante la ART y la Justicia Laboral?
El trámite ante Comisión Médica suele durar entre 3 y 8 meses. Si pasa a la Justicia Laboral, el juicio en primera instancia demora aproximadamente 2 a 4 años en el fuero laboral, con posibilidad de apelación. En paralelo, muchos casos se resuelven por acuerdo en instancias previas al juicio.
¿Puedo reclamar si el accidente fue culpa mía?
El sistema de ART es de cobertura automática e integral por el solo hecho de que el accidente haya ocurrido en el trabajo o in itinere. La culpa del trabajador no excluye la cobertura, salvo casos de dolo (intención de causar el daño) o alteración voluntaria del trayecto en el caso del in itinere. En la vía civil contra el empleador la culpa concurrente puede reducir la indemnización, pero no elimina el reclamo.
¿Qué hago si me despidieron después de un accidente de trabajo?
El despido posterior a un accidente de trabajo puede dar lugar a indemnizaciones agravadas si se configura como despido discriminatorio. La ley prevé protecciones especiales para trabajadores en tratamiento por accidente o enfermedad. Si te despidieron mientras tenías cobertura médica abierta o recién le habían dado el alta, hay argumentos fuertes para reclamar.
¿Los honorarios se pagan antes o al final?
En accidentes de trabajo, ART y despidos trabajamos con honorarios contingentes: se cobran como un porcentaje sobre la indemnización efectivamente percibida. Si no se obtiene indemnización, no pagás honorarios al estudio. Los gastos específicos (peritos, tasas) se informan y pactan por separado.
¿Tuviste un accidente en el trabajo o un problema con la ART?
Contanos qué pasó: cómo fue el accidente, qué dijo la ART, si te dieron el alta. Evaluamos la viabilidad del reclamo en el día.
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